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¿Influencers en la anarquía?

Clara Luz Álvarez*

[Publicado en REFORMA – 08 de Febrero de 2023].

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Kim Kardashian pagará 1 millón de dólares como parte del acuerdo que alcanzó con la Securities and Exchange Commission (SEC) de EUA por haber puesto un post en Instagram sobre el criptoactivo EthereumMAX que sólo incluía #Ad para denotar que era publicidad. La SEC estimó que Kardashian debió haber revelado la naturaleza, fuente y monto de la compensación, pues las inversionistas tienen derecho a saber si la publicidad tiene sesgos o no.

Si bien no todos los influencers tienen la cantidad de seguidores que Kardashian, todos tienen influencia en sus nichos. Además cobra relevancia la publicidad de alimentos y bebidas chatarras, dado el nivel de obesidad y enfermedades relacionadas.

#ChatarraInfluencer es el reporte auspiciado por El Poder del Consumidor y realizado por Tec-Check presentado ayer, en el cual se identifican campañas publicitarias de Danonino, KFC, Jumex, Kellogg´s, Nestlé, Snickers y Bimbo a través de influencers. Estas pueden ser madres que dan consejos, esposas de futbolistas y hasta niñas que presentan chatarra. Algunas campañas presentaron la misma dinámica, mientras en otras cada influencer hizo ajustes a su discurso. El reporte presenta la exposición y riesgo que tiene la niñez a alimentos y comida chatarra en Tik Tok, Instagram y otras redes sociales, al tiempo que convoca a buscar soluciones en protección de la infancia.

Existe en México un marco jurídico suficiente para incluir las actividades de influencers como publicidad con lo cual tendrían que cumplir -entre otros- con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Salud y su reglamento de publicidad, así como con los derechos de niñas y niños reconocidos en la Constitución, tratados internacionales y leyes.

Pero la solución a la problemática es compleja, además de que en internet se va desdibujando más y más la diferencia de lo que son contenidos y lo que es publicidad. Para la necesaria discusión que debe haber entorno a influencers, presento algunas preguntas y propuestas.

No engaño. Es engaño y contrario a la ley en México el aparentar que una opinión o recomendación sobre un producto, servicio o marca es genuino y espontáneo, cuando se recibió una contraprestación en dinero, en especie, por intercambio, etcétera.

Responsabilidad. Definir quién es responsable y por qué, es fundamental. Así que debe evaluarse tanto la responsabilidad de influencers, anunciantes y agencias de publicidad como la de las plataformas digitales y redes sociales.

Autoridades. Múltiples pueden ser las autoridades que tienen facultades en cuanto a influencers en sus respectivas competencias. Así que -dependiendo la temática-, pueden estar la PROFECO, la COFEPRIS, el Instituto Nacional Electoral, el Instituto Nacional de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales, la Secretaría del Trabajo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, entre otras.

Neutralidad tecnológica. No debe ser obstáculo para que las autoridades actúen, la inexistencia de una regulación específica para influencers. El que la publicidad sea en internet de ninguna manera exonera del cumplimiento del marco jurídico mexicano, por lo que no debe verse el mundo digital como una manera de hacer un bypass a regulación de interés público.

Niñez. La niñez abarca distintos grupos etarios, por lo que no es igual niñes menores de 7 años que de 16 años. Además, la utilización de niñes como influencers despierta múltiples preguntas. ¿Comprenden el impacto en su vida futura de que su imagen, voz y actividades como influencers estén en línea? ¿Están voluntariamente haciendo esa publicidad o son obligados a ella? ¿Pueden poner a niñes influencers en traje de baño con los riesgos que hay en el ciberespacio por fotos/videos de niñes? Si las redes sociales dicen que se requiere de una edad mínima de 13 años para tener una cuenta, ¿qué pasa con las cuentas de niñes influencers? La formalidad de que sus padres son titulares de la cuenta, ¿es suficiente?

* Investigadora de la Universidad Panamericana
claraluzalvarez.org @claraluzalvarez

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